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martes, 25 de marzo de 2008

CONTROL DE PLAGAS

CONTROL DE PLAGAS

6.1 Control de Plagas y Roedores

6.1.1 Todo predio debe contar con un programa de control de plagas y roedores, de acuerdo al nivel de riesgo que presente, junto con un sistema de registro que avale su funcionamiento.
6.1.2 Se deben registrar los productos a utilizar y su forma de aplicación; un mapa de la ubicación de los cebos empleados, considerando un perímetro de protección; y un reporte periódico para verificar la efectividad del procedimiento empleado.
6.1.3 Sólo deben aplicarse plaguicidas cuyo registro esté aprobado por la autoridad pertinente
6.1.4 La aplicación se debe ajustar a la legislación chilena vigente, y considerar las recomendaciones del fabricante.
6.1.5 Las basuras y desperdicios deben contar con un lugar especial para su almacenamiento y tratamiento, lo más lejano de las instalaciones y los animales posible.
6.1.6 Se debe contar con instrucciones escritas para la disposición de desechos, restos placentarios, fetos y animales muertos.

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